Aquí está nuestro habitual resumen de editoriales, herramientas, conferencias y el material más relevante a nivel Tributario, Contable y de Negocios que publicamos en actualicese.com esta semana. Presenta Carlos Cervera, de nuestro equipo de Investigación.
La Resolución 2374 de Agosto 18 de 2010 expedida por el nuevo ministro de Comercio, Industria y Turismo nombra por tres años como presidente del Tribunal Disciplinario de la Junta Central de Contadores a un economista. La medida ha causado el rechazo generalizado, y nuestro portal también se une a dicha manifestación..(
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En este modelo se ilustra lo que sería el contenido básico de dicho documento contable, y se hacen algunos comentarios pertinenentes sobre la manera como se deben soportar algunos de los gastos que sePara que una sociedad mercantil se pueda disolver por decisión de sus accionistas o socios, es necesario que se realice la correspondiente reunión del máximo órgano social que tomará dicha decisión, aquí un modelo de dicha reunión.(
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Para poder acceder a una Pensión por Invalidez por enfermedad o accidente de origen común es necesario cumplir con unos requisitos. En esta conferencia de 5 minutos se explica(
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Existen empresas de Responsabilidad Limitada donde hay un socio mayoritario, pero ello no significa que pueda decidir sólo, es necesario voto plural de socios, so pena de ser decisiones ineficaces.
Dialogamos con el Contador Público, especialista en Revisoría Fiscal y Auditoría Externa, sobre la polémica elección de un economista como Presidente de la Junta Central de Contadores. También de la búsqueda de la independencia por parte de este organismo y del CTCP, y del respeto que tiene que tener la profesión por la regulación de la información financiera que está en manos del Gobierno.(
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[El Colombiano] En una hora se crean SAS por internet
[9:25am@3-Sep]
[El Espectador] Proyecto para Formalización y Primer Empleo, es modesto: Fedesarrollo
[5:18pm@2-Sep]
[Minhacienda] Colombia y Portugal firman acuerdo para evitar doble tributación
[4:48pm@2-Sep]
[Portafolio] Nueva alerta de fondos de cesantías por retiros de ahorros de trabajadores
[3:35pm@2-Sep]
[Superintendencia de Sociedades] Supersociedades instaló comisión para reforma de Ley 1116 (de Insolvencia Empresarial)
[9:00am@2-Sep]
Formalización Empresarial: Incentivos Tributarios (II) - Gabriel Vásquez Tristancho(
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[5:33pm@1-Sep]
¿Formalización Empresarial o Bancarización de las Empresas? - Gustavo Adolfo López Díaz
[1:53pm@1-Sep]
Protesta por Nombramiento de Economista como Presidente de la Junta Central de Contadores - Luis Francisco Vargas(
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[11:42am@1-Sep]
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63)Recopilación de la Normatividad publicada esta semana. (30 de Agosto a 03 de Septiembre 2010)
DIAN. Por la cual se señala el contenido y las características técnicas para la presentación de la información que deben suministrar mensualmente las entidades públicas o privadas que celebren convenios de cooperación y asistencia técnica para el apoyo y ejecución de sus programas o proyectos con organismos internacionales, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 58 de la Ley 863 de 2003 y en el Decreto 4660 de 2007.
DIAN. Por la cual se señala el contenido y características técnicas de la información tributaria a que se refiere el artículo 631-1 del Estatuto Tributario, que debe ser presentada a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales por los grupos empresariales, correspondiente al año gravable 2010.
DIAN. Por la cual se establece para el año gravable 2010, el grupo de personas naturales, personas jurídicas, sociedades y asimiladas, y demás entidades, que deben suministrar la información a que se refieren los literales a), b), c), d), e), f), h), i) y k) del artículo 631 del Estatuto Tributario y el Decreto 1738 de 1998 a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales; se señala el contenido y características técnicas para la presentación y se fijan los plazos para la entrega.
DIAN. Por la cual se establece para el año gravable 2010, el grupo de personas naturales, personas jurídicas, sociedades y asimiladas, y demás entidades, que deben suministrar la información a que se refieren los literales a), b), c), d), e), f), h), i) y k) del artículo 631 del Estatuto Tributario y el Decreto 1738 de 1998 a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales; se señala el contenido y características técnicas para la presentación y se fijan los plazos para la entrega
DIAN. Por la cual se señalan los formatos y especificaciones técnicas para la presentación de la información tributaria a que se refiere el artículo 629-1 del Estatuto Tributario que debe ser presentada por las personas o entidades que elaboren facturas o documentos equivalentes a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, por el año gravable 2010.
DIAN. Por la cual se señala el contenido y las características técnicas para la presentación de la información tributaria a que se refiere el artículo 629 del Estatuto Tributario, que debe ser presentada por los Notarios a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, por el año gravable 2010.
DIAN. Por la cual se señalan las características técnicas y el contenido de la información tributaria a que se refiere el artículo 627 del Estatuto Tributario que debe ser presentada por la Registraduría Nacional del Estado Civil a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, por el año 2010.
DIAN. Por la cual se señalan el contenido y las características técnicas para la presentación de la información tributaria a que se refieren los artículos 625 y 628 del Estatuto Tributario, que debe ser presentada por las bolsas de valores y por los comisionistas de bolsa a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, por el año gravable 2010.
DIAN. Por la cual se señala el contenido y las características técnicas de la información tributaria a que se refiere el artículo 624 del Estatuto Tributario, que debe ser presentada por las Cámaras de Comercio a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, por el año gravable 2010.

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